Nada más iniciarse la sesión, el presidente del Grupo, a saber, Ecuador, impuso una versión del proyecto de tratado que había “arreglado” [1], lo que provocó la protesta, principalmente del Grupo Africano in corpore, pero también de algunos Estados asiáticos y latinoamericanos.
En la versión presentada por la Presidencia, no se tiene en cuenta prácticamente ninguna de las propuestas presentadas por la Campaña Mundial [2], procedentes de movimientos sociales y comunidades afectadas por las ETNs. Peor aún, este documento no sólo no respeta el mandato del Grupo de Trabajo establecido en la resolución 26/9, sino que excluye arbitrariamente las enmiendas de los Estados favorables a un tratado vinculante sobre las ETN.
Tal como está formulado, el documento presentado por la Presidencia no tendría ningún impacto sobre la impunidad de las ETN y sus cadenas de valor. Tampoco contribuiría a restaurar la soberanía popular y estatal, socavada por el poder de estas entidades.
Básicamente, el objetivo declarado de la Presidencia es modificar el mandato de este Grupo de Trabajo para ampliar el ámbito de aplicación del proyecto de tratado a cualquier tipo de empresa, sean cuales sean sus características e incluso si no tiene actividad internacional.
Sin embargo, el Grupo de Trabajo en cuestión se creó con el objetivo de exigir responsabilidades a las ETN que violan los derechos humanos y escapan al control legal y democrático a través de complejos acuerdos jurídicos. También se supone que debe crear un mecanismo eficaz para que las víctimas y las comunidades afectadas por estas entidades puedan obtener justicia. En este sentido, un tratado sobre estas entidades debería establecer claramente :
1) la obligación de las ETN de respetar las normas internacionales en materia de derechos humanos, derecho laboral y protección del medio ambiente;
2) la responsabilidad solidaria de las ETN y sus cadenas de valor (filiales, proveedores, licenciatarios, subcontratistas, etc.), tanto civil como penal, de las personas jurídicas y físicas (directivos de ETN);
3) un Tribunal Internacional para la aplicación de este tratado, como recomienda la Campaña Mundial, para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas y las comunidades afectadas.
Sin embargo, la Presidencia se atrevió a solicitar formalmente un cambio en el mandato del Grupo de Trabajo. Gracias a la movilización de la Campaña Mundial y de los Estados mencionados, esta maniobra se vio frustrada. Dicho esto, con una presidencia que no respeta el mandato otorgado y sólo escucha a los Estados occidentales y al lobby de las ETN, la tarea de continuar el proceso es ardua. Para el CETIM, un proyecto de tratado que ignore las reivindicaciones de los pueblos, las comunidades afectadas y los movimientos sociales no tendría ninguna legitimidad. Por eso es esencial continuar la lucha en este sentido.